Los inspectores ambientales podrán realizar visitas periódicas y urgentes a las empresas contaminantes, tras la aprobación en el Congreso de las reformas de la Ley Ambiental del Estado.

De esta manera los inspectores no tendrán que cumplir con los requisitos establecidos en la normativa para realizar la vigilancia en las empresas.

“En aquellos casos en que medie una situación de emergencia o urgencia, la autoridad competente podrá efectuar debidamente fundados y motivados los actos y diligencias que sean necesarios sin sujetarse a los requisitos y formalidades del procedimiento previstos en esta ley, respetando en todo caso las garantías individuales de los particulares”, señala la reforma.

Los municipios y el Estado tendrán un lapso de 90 días después de la publicación en el Periódico Oficial, para que se dé cumplimiento, además de tener que incluir para el presupuesto de los 2020 recursos destinados a dicho tema.

Fue el diputado del PRI, Álvaro Ibarra quien presentó la propuesta que este miércoles fue votada por unanimidad en el legislativo.