La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió hoy el amparo a favor de la empresa de telecomunicaciones Telcel de América Móvil, en contra de la tarifa cero de interconexión con unanimidad de votos.
El amparo a favor de la firma del empresario Carlos Slim declara inconstitucional la prohibición y establece que debe ser el regulador de la industria, el IFT, el que determine las tarifas que la empresa puede cobrar por el servicio y que entrarán en vigor a partir de enero de 2018.
La interconexión en telefonía es cuando una empresa utiliza las redes de otra compañía para completar una llamada. Las empresas de América Móvil (Telmex, Telnor y Telcel) no reciben el pago por interconexión desde 2014 cuando entró en vigor la reforma a la ley de telecomunicaciones.
“El Instituto Federal de Telecomunicaciones, en términos de la presente ejecutoria, dejará de ejecutar el sistema declarado inconstitucional, en tanto que no puede recaer en persona distinta que no sea Radiomovil Dipsa (Telcel) a pesar de formar parte del mismo grupo de interés económico”, dijo el ministro Javier Laynez.
El fallo no obliga a los rivales de América Móvil, entre ellos, la española Telefónica y la estadounidense AT&T, a realizar pagos retroactivos.
El ministro Javier Laynez, determinó que en lo que resta del año no habrá cambios en la tarifa cero, y que será el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) el que determine la fecha de la entrada en vigor de la tarifa de interconexión o bien mantener la tarifa cero.