El caso se originó cuando el abogado Ulrich Richter solicitó una protección de amparo 1115/2017, a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) autorización consumir mariguana de manera recreativa, regular y personal, así como sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer, transportarla, sin ningún fin comercial o de distribución. Sin embargo ese amparo fue negado.
Recientemente la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), concedió el segundo amparo en el que una persona puede hacer uso recreativo de la mariguana. Por mayoría de cuatro votos contra uno, la autoridad concedió a Ulrich Richter utilizar de manera lúdica pero no lucrativa, la hierba.
“En consecuencia, se revocó la sentencia recurrida y se concedió el amparo al quejoso para el efecto de que se le otorgue autorización para el consumo personal de marihuana, sin que ello constituya una autorización para su comercialización, ni para el consumo de otros estupefacientes y psicotrópicos”, expuso la Corte en un comunicado. Este veredicto no permite la comercialización del producto, según la SCJN, previamente la Cofepris rechazó una solicitud que presentó.