A partir de mañana entrará en vigor las reformas a los artículos 108 y 111 de la Constitución Mexicana para que mandatarios sean juzgados por delitos.
Los presidentes mexicanos podrán ser imputados y juzgados por cualquier delito a partir de mañana, luego de que hoy se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las reformas a los artículos 108 y 111 de la Constitución Mexicana, que eliminan el fuero presidencial.
Durante su tiempo en el cargo, los mandatarios podrán ser juzgados por los delitos de traición a la patria, corrupción, delitos electorales, y otra índole, como si se tratase de un ciudadano común.
De acuerdo con el cambio al artículo 111, para proceder penalmente contra el Presidente, sólo se le deberá acusar ante el Senado de la República, el cual atenderá el caso conforme a la legislación aplicable.
El fuero presidencial es una protección que se le otorgaba al Presidente de la República, también era conocida como inmunidad parlamentaria o inmunidad legislativa. La protección no sólo podía aplicársele al mandatario, también los distintos funcionarios, senadores y diputados tenían derecho para acceder a esta protección.